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Manos Limpias denuncia al Comite de Huelga del Metro de Madrid Nuestro Sindicato denuncia a los miembros del Comite de Huelga del Metro de Madrid, por no respetar los servicios mínimos y por coaccionar a trabajadores que querían ejercer su derecho al trabajo. Lea el texto de la denuncia El Imparcial.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN QUE POR TURNO CORRESPONDA. El Sindicato CFP MANOS LIMPIAS, y en su nombre y representación Don Miguel BERNAD REMON, en calidad de Secretario General del Sindicato, con DNI Núm. 12.135.624, con domicilio en la calle de Ferraz, núm. 13, 1º B. de Madrid-28008, y al amparo del artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. “Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción” Formula, D E N U N C I A:
Contra los responsables del Comité de huelga del Metro de Madrid, Vicente Rodríguez, del Sindicato de Conductores (portavoz del Comité de huelga); Teodoro Piñuela y Luís González de UGT; Manuel García Fernández de Solidaridad Obrera; Ignacio Arribas, de CCOO, y cuantos otros puedan ser imputados de las diligencias que se practiquen, por presunto delito contra la libertad de los ciudadanos . La presente denuncia, se basa en los siguientes, H E C H O S: El día 27 de Junio de 2010, en la concentración de los sindicalistas ante la sede del Gobierno regional de Madrid, en la Puerta del Sol, se profirieron consignas de “madrid se va a parar” “Madrid va a reventar”, lisa y llanamente es un chantaje La convocatoria de una huelga en el metro de Madrid, el día 28 de Junio de 2010, sin respetar los servicios mínimos y con la actuación de piquetes. Es evidente que se trata de una huelga ilegal al no respetar los servicios mínimos, que ha causado un perjuicio personal y económico a los más de dos millones de usuarios del transporte público. Se han producido retrasos considerables en el inicio de la jornada laboral, gastos en la utilización de otros transportes (taxis) y gastos en el propio vehículo (al tener que utilizarlo como sustitución al metro) Por otro lado es de significar, la alteración producida de orden público y de libertad de circulación con aglomeraciones y altercados a la hora de utilizar el servicio público de transporte terrestre urbano y el caos circulatorio producido. Es de significar finalmente, la existencia de trabajadores del metro que no estaban dispuestos a secundar la huelga en las condiciones de eliminar los servicios mínimos, que han sido igualmente coaccionados por el Comité de huelga. Todos estos hechos suponen la presunta comisión de un, ILICITO PENAL: A tenor de lo preceptuado en el artículo 172 del Código Penal se ha podido producir un ilícito penal de coacciones: “El que sin estar legítimamente autorizado impidieses a otros con violencia lo que la ley no prohíbe, o le competiere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto”. Se ha producido una conducta violenta de contenido material vis físico, o intimidativo vis compulsivo. El modus operandi, va encaminado como resultado a impedir hacer lo que la ley no prohíbe o efectuar lo que no se quiera, sea justo e injusto Que existe el ánimo tendencial consistente en un deseo de restringir la libertad ajena como se deriva de los verbos “impedir” y “compeler” . Ilicitud del Acto. La conducta de la gente, no requiere una intención maliciosa de coaccionar, basta el dolo genérico de constreñir la voluntad ajena, imponiéndole lo que no quiere efectuar. En su virtud, SOLICITO DE ESE JUZGADO: ADMITA la presente denuncia y se proceda a actuar conforme a Derecho corresponda. Es justicia que pido en Madrid, a treinta de Junio del año dos mil diez. EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS. Fdº: Miguel BERNAD REMON. |